La muerte de una persona suele conllevar, no sólo su pérdida, sino también el inicio de un sinfín de trámites farragosos y en muchos casos de alta complejidad. Desde Arias Advocats, haremos una breve síntesis de algunos de los trámites más comunes para tramitar las herencias del fallecido, también el llamado "causante".
1. Para empezar la gestión de una herencia, lo primero que necesitaremos tener es el certificado conforme el causante efectivamente ha muerto. Para ello, se deberá solicitar al Registro Civil el certificado de defunción original o literal, indicando el nombre y apellidos del difunto y la fecha y lugar de la muerte. La solicitud deberá efectuarse a partir de los 15 días posteriores a la fecha del fallecimiento y se podrá pedir tanto de manera presencial, como mediante correo o por internet.