Servicios Funerarios

  • Derecho a reclamar el reembolso por aquellos servicios funerarios dejados de prestar

    A raíz de la Orden emitida por el Ministerio de Sanidad, SND/298/2020, de 29 de marzo de 2020, se han establecido una serie de medidas excepcionales relativas al funcionamiento de los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio del Covid-19. 

    La Orden se aplica para todas aquellas defunciones que se hayan producido durante el período de duración del estado de alarma. Entre ellas, se prohíben los velatorios en cualquier tipo de instalaciones, tanto públicas como privadas, así como también las que se puedan llevar a cabo en domicilios particulares. Se obliga a posponer las ceremonias fúnebres, y se restringen a un máximo de 3 personas familiares o cercanas al difunto, así como al ministro de culto que corresponda, para participar en la comitiva de despedida o entierro. 

  • Se prohibe subir los precios a las Funerarias

    El Gobierno ha intervenido el negocio de las funerarias, prohibiendo subir los precios, para evitar abusos. 

    El pasado 30 de marzo del 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden del Ministerio de Sanidad donde se establece que, las diferentes compañías funerarias estarán obligadas a aplicar las tarifas ofrecidas antes de que se decretara el Estado de Alarma.