Después de anunciarse el pasado 22 de marzo de 2020 la prolongación del estado de alarma, los juzgados de Barcelona se han reunido nuevamente y han emitido nuevo acuerdo con unas medidas muy diferentes a las anteriores, para aplicar durante la situación excepcional que estamos viviendo debido al COVID-19.
Los Juzgados de Barcelona, por medio de acuerdo de unificación de criterios de 24 de marzo de 2020, y a la vista de las nuevas circunstancias, entiende que el RD 463/2020 no legitima el incumplimiento de resoluciones judiciales y, por tanto, se tienen que llevar a cabo y cumplir los sistemas de guarda, custodia, visitas y comunicaciones fijadas en las resoluciones judiciales vigentes, ejecutando los regímenes de intercambio correspondientes.