Estos son los cambios en los contratos de alquiler que han entrado en vigor tras su publicación en el BOE, con la finalidad de incrementar la oferta de vivienda en alquiler, y que familias que se encuentran en una grave situación de vulnerabilidad económica y social puedan afrontar los pagos de una vivienda en el mercado.
1. Ampliación de 3 a 5 años: Se amplía de 3 a 5 años el plazo mínimo legal en el que el inquilino puede permanecer en la vivienda (o 7 si el arrendador es una persona jurídica). También se aumenta el plazo de prórroga tácita de 1 a 3 años: cuando el nuevo contrato se extinga, y ninguna de las partes hubiese notificado a la otra su voluntad de no renovarlo.
2. Límite a dos mensualidades de fianza: Se fija en dos mensualidades de renta la cuantía máxima de las garantías adicionales a la fianza que pueden exigirse al arrendatario antes de entrar a vivir en su nueva vivienda.