Accidentes de Tráfico


¿Qué hacer ante un accidente de tráfico?
Lo primero a tener en cuenta es el tema de la culpabilidad; es decir, de quién es la culpa del accidente.

Si esta es clara se debe hacer un parte amistoso del accidente, en el que se indicarán los datos de los dos vehículos, y de los conductores, así como los datos del seguro del vehículo, si se han producido daños y si hay personas lesionadas aunque sean leves. Es muy importante indicar cómo se ha producido el accidente.

Si no está clara la culpabilidad, no hay acuerdo o el accidente es muy grave, se debe llamar a la policía para que intervenga y haga el correspondiente atestado.

Desde Arias Advocats le recomendamos que aunque no haya intervención policial se hagan fotografías tanto del lugar del accidente como de los daños materiales de los vehículos

¿Qué plazo tengo para reclamar?
Es importante informar a su compañía aseguradora en un plazo de 7 días desde el accidente; para reclamar tenemos un año desde la fecha del accidente.

¿Cómo se ha de reclamar por un accidente?
Se debe acudir obligatoriamente a un procedimiento extrajudicial por el perjudicado o herederos de comunicación del siniestro a la aseguradora, solicitando la indemnización que corresponda, que debe emitir la oferta o respuesta motivada como contestación a la reclamación.

En caso de no estar conforme con la oferta o la respuesta motivada se podrá acudir a la vía jurisdiccional para la reclamación de daños y perjuicios.


 

Secuelas y Lesiones derivadas de los accidentes de tráfico (Parte II)

Tipos de secuelas a indemnizar derivadas de un accidente de tráfico:

  • Secuelas físicas

Las secuelas físicas vienen determinadas en las tablas contenidas en la Ley y se agrupan según los órganos afectados:

  1. Sistema nervioso
  2. Órganos de los sentidos, cara y cuello.
  3. Sistema músculo esquelético
  4. Sistema cardio respiratorio
  5. Sistema vascular
  6. Sistema digestivo
  7. Sistema urinario
  8. Sistema reproductor
  9. Sistema glandular endocrino
  10. Sistema cutáneo

Cada grupo recoge de forma específica la valoración de la limitación o pérdida de algún órgano.

Secuelas y Lesiones derivadas de los accidentes de tráfico (Parte I)

¿Qué podemos reclamar por secuelas en un accidente de tráfico?

Una de las partes más compleja de la Ley de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, es la relativa a las secuelas y el tratamiento de éstas; en las que se incluyen tanto las deficiencias físicas, psíquicas e incluso estéticas de las personas accidentadas.

Es esencial valorar, todas y cada uno de los daños y lesiones permanentes que se hayan podido derivar del accidente de tráfico; esto es, hay que realizar una valoración exhaustiva y completa de las secuelas y de los daños al margen de las cuantías que se puedan reclamar por los días necesarios para la curación o estabilización de las lesiones.